La Ordenanza de Terrazas de Jerez en cinco claves
El Pleno municipal aprobó, el 24 de noviembre de 2022, una nueva Ordenanza Municipal Reguladora de las Terrazas de Veladores, que sustituía a la anterior norma, con el objeto de adaptar los cambios de la normativa a la actualidad, así como conciliar los intereses de la actividad económica con el uso, disfrute y disponibilidad de los espacios peatonales de la ciudad.
La Ordenanza se aprobó con el voto favorable del grupo socialista, la abstención de Ciudadanos, del PP y el concejal no adscrito Francisco Zuasti, y el voto en contra de Adelante y Grupo mixto. El texto ha salido adelante con la incorporación de una de las enmiendas, concretamente la referida a la periodicidad de reunión de la Mesa de Control que pasa a formar parte del texto de la ordenanza.
El nuevo marco legal, que se encuentra actualmente en vigor, incorpora una serie de soluciones técnicas novedosas para dar respuesta a las necesidades actuales, entre las que figuran:
- El reconocimiento expreso a la denominada ‘declaración responsable’ como título habilitante para la instalación de terrazas de veladores en los espacios de titularidad privada de uso público.
- Asimismo, y en el caso de que una acera no contara con las dimensiones mínimas para la instalación de veladores, “podrá autorizarse, excepcionalmente, la ampliación del ancho de la misma sobre zonas de aparcamiento”.
- Además, entre otras novedades, se incluye la posibilidad de admitir “la autorización de una terraza que únicamente diese frente a locales o viviendas colindante; se establecen igualmente “tipos de veladores distintos del módulo estándar” y se flexibilizan “las condiciones de orden estético cuando las terrazas están situadas fuera del Conjunto histórico”.
- Cabe reseñar también que el nuevo texto establece los mecanismos necesarios para “adecuar la actuación administrativa a los principios de eficacia, economía y celeridad al objeto de agilizar la concesión de las licencias de instalación de terrazas”.
- Además, destacar que, “y de manera excepcional y para los días en los que se celebren eventos en la ciudad, se podrá acordar la colocación en las terrazas de veladores de mostradores u otros elementos de servicio de apoyo a la barra para evitar la circulación del personal que atiende la terraza hasta el interior del establecimiento”.