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La Ordenanza de Terrazas de Jerez en cinco claves

El Pleno municipal aprobó, el 24 de noviembre de 2022, una nueva Ordenanza Municipal Reguladora de las Terrazas de Veladores, que sustituía a la anterior norma, con el objeto de adaptar los cambios de la normativa a la actualidad, así como conciliar los intereses de la actividad económica con el uso, disfrute y disponibilidad de los espacios peatonales de la ciudad.

terraza veladores

La Ordenanza se aprobó con el voto favorable del grupo socialista, la abstención de Ciudadanos, del PP y el concejal no adscrito Francisco Zuasti, y el voto en contra de Adelante y Grupo mixto. El texto ha salido adelante con la incorporación de una de las enmiendas, concretamente la referida a la periodicidad de reunión de la Mesa de Control que pasa a formar parte del texto de la ordenanza.

El nuevo marco legal, que se encuentra actualmente en vigor, incorpora una serie de soluciones técnicas novedosas para dar respuesta a las necesidades actuales, entre las que figuran:

  1. El reconocimiento expreso a la denominada ‘declaración responsable’ como título habilitante para la instalación de terrazas de veladores en los espacios de titularidad privada de uso público.
  2. Asimismo, y en el caso de que una acera no contara con las dimensiones mínimas para la instalación de veladores, “podrá autorizarse, excepcionalmente, la ampliación del ancho de la misma sobre zonas de aparcamiento”.
  3. Además, entre otras novedades, se incluye la posibilidad de admitir “la autorización de una terraza que únicamente diese frente a locales o viviendas colindante; se establecen igualmente “tipos de veladores distintos del módulo estándar” y se flexibilizan “las condiciones de orden estético cuando las terrazas están situadas fuera del Conjunto histórico”.
  4. Cabe reseñar también que el nuevo texto establece los mecanismos necesarios para “adecuar la actuación administrativa a los principios de eficacia, economía y celeridad al objeto de agilizar la concesión de las licencias de instalación de terrazas”.
  5. Además, destacar que, “y de manera excepcional y para los días en los que se celebren eventos en la ciudad, se podrá acordar la colocación en las terrazas de veladores de mostradores u otros elementos de servicio de apoyo a la barra para evitar la circulación del personal que atiende la terraza hasta el interior del establecimiento”.