Se habilita plazo para el proceso selectivo de acceso libre para el ingreso de 21 profesionales en el Cuerpo Superior de Administradores

EMPLEO PÚBLICO

La Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública habilita plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, especialidad Administradores Generales de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2022, para estabilización de empleo temporal, por el sistema de concurso-oposición:

BOJA nº 200 de 18/10/2023

  • Resolución de 12 de octubre de 2023, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se habilita plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, especialidad Administradores de Gestión Financiera de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2022, para estabilización de empleo temporal, por el sistema de concurso-oposición.
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  • Resolución de 12 de octubre de 2023, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se habilita plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, especialidad Administradores Generales de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2022, para estabilización de empleo temporal, por el sistema de concurso-oposición.
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Titulación

Licenciatura

Requisitos

  1. Las personas interesadas en participar en los procesos selectivos de acceso libre para acceder a los cuerpos y especialidades convocados, deberán reunir los siguientes requisitos:
    1.  Poseer la nacionalidad española o de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia y cumplir los requisitos exigidos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
    2. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación.
    3. Estar en posesión del título contemplado en el Anexo I correspondiente al cuerpo y especialidad al que se presenta u otro título equivalente de conformidad con la normativa de aplicación, o de la certificación supletoria provisional que dispone el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
    4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo y especialidad a que se aspira.
    5. No haber sido separada la persona aspirante mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser la persona aspirante nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
    6. No poseer la condición de personal funcionario de carrera del cuerpo o especialidad al que se participe.
  2. Estarán exentas de justificación documental aquellas condiciones y requisitos recogidos en el punto anterior que, conforme al Reglamento Regulador del Registro General de Personal de la Junta de Andalucía, consten inscritos en el mismo.
  3. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal funcionario de carrera.
  4. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su participación declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el apartado 4 de la base novena, y la constancia de haber abonado la correspondiente tasa conforme a lo establecido en el apartado 4 de la base cuarta de esta convocatoria.

Plazo

Hasta el 2 de noviembre de /2023; Se habilita un plazo de presentación de solicitudes de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOJA, para el Cuerpo Superior de Administradores, especialidad Administradores Generales (A1.1100) de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2022, para estabilización de empleo temporal.

Solicitudes

La presentación se realizará exclusivamente de forma electrónica accediendo a la web del empleado público de Andalucía https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/libresolicitudes, en la forma prevista en el apartado 7 de la base cuarta de la resolución de convocatoria.

Fuente Ofertas de empleo Qué hacer en Jerez | Agenda no solo ocio
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