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Un bando PROHÍBE la circulación de QUADS en JEREZ

El Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz) ya ha comenzado con las tareas previas de organización del Campeonato Mundial de Motociclismo. Por tal motivo ha elaborado un bando municipal en los que se informa de la prohibición de circulación por el casco urbano de vehículos del tipo ‘quad’, derivados o similares desde el 27 de abril hasta el 1 de mayo (ambos incluidos).

El texto íntegro del BANDO dice:

«Ante la celebración del del Campeonato Mundial de Motociclismo que se va a tener lugar en el Circuito de Velocidad de Jerez de la Frontera, por razones de seguridad vial, movilidad y fluidez de la circulación, en concordancia con las fechas en que se prevé una posible mayor afluencia de vehículos y personas en las vías públicas urbanas del Municipio de Jerez de la Frontera, se deben establecer medidas especiales de regulación del tráfico de acuerdo con lo prevenido al respecto en los artículos 7, apartados a), b) y f) y 18 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, así como en el artículo 37 del Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre.

En su virtud, esta Alcaldía dispone:

Primero.- Prohibir, desde las 06:00 horas del día 27 de abril de 2023, a las 23:00 horas del día 1 de mayo de 2023 la circulación en el casco urbano de vehículos Quad o similares por el riesgo que suponen, para el gran número de personas que en esas fechas, y con motivo de los Campeonatos de Motos, se concentran en la Ciudad.

Segundo.- Sanciones y medidas cautelares: Las infracciones a las medidas contenidas en este Bando, se sancionarán, en su caso, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Asimismo, los agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia y disciplina del tráfico podrán proceder, siempre que constituya peligro o cause graves perturbaciones a la circulación de vehículos o peatones y si el obligado a ello no lo hiciera, a la retirada del vehículo de la vía y su depósito en el lugar que se designe hasta que cese la prohibición o se autorice su marcha.

Tercero.- Supuesto excepcional de levantamiento de restricciones: Excepcionalmente, se autoriza a la Jefatura de la Policía Local, en función de las condiciones en que se esté desarrollando la circulación durante los periodos afectados por las restricciones establecidas en el presente Bando, a permitir la circulación de los vehículos incluidos en los apartados anteriores si así fuera aconsejable.

Lo que se hace público para conocimiento de todos en general y especialmente para los conductores y usuarios de las vías urbanas e interurbanas.

LA ALCALDESA
María del Carmen Sánchez Díaz«